Nuevas medidas de control fronterizo (34)

2022/9/28
                                                                                                                                  26 de septiembre 2022
                                      
1. Revisión de las restricciones para las nuevas entradas de extranjeros a Japón Los extranjeros que pretenden ingresar al país y que caen dentro de las siguientes categorías (1), (2) o (3) ya no requerirán completar el registro en el Sistema de seguimiento de entradas y retornos (ERFS) a través de la organización receptora.

(1) Extranjeros que ingresen a Japón para una estancia corta (menor a 3 meses) por motivos de negocios y empleo.
(2) Extranjeros que ingresen a Japón por motivos de turismo para estancias cortas (menores a 3 meses).
(3) Extranjeros que ingresen para realizar una estancia de larga duración (superior a 3 meses)

2. Revisión de los requerimientos para la prueba de COVID-19 al ingreso a Japón y el periodo de cuarentena posterior Se elimina el requisito para que los viajeros que ingresen a Japón provenientes de países o regiones donde domina la variante Ómicron B.1.1.529, deban realizarse una prueba de COVID-19 a su ingreso al país, guarden cuarentena en su domicilio o alojamiento, o se abstengan de utilizar el transporte público (excepto para aquellos países o regiones donde otras variantes del Coronavirus sean dominantes, con base en lo estipulado por las Nuevas Medidas de Control Fronterizo (24) de febrero de 2022).
 
3. Revisión del límite diario de ingresos a Japón. Se eliminará el límite diario de ingresos a Japón.

Nota 1 – Las medidas arriba mencionadas se implementarán a partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón). Estas medidas también se aplicarán a las personas que ya hayan ingresado a Japón ese mismo día.
Nota 2 – Como resultado de la implementación de las medidas antes mencionadas, quedarán sin efecto, el párrafo 1 de las Medidas de control fronterizo (4) (26 de diciembre de 2020); el párrafo 1(2) ➆ de las Medidas de control fronterizo (9) (5 de marzo de 2021); la medida (2) de las Medidas de control fronterizo (10) (18 de marzo de 2021), las Medidas de control fronterizo (28) (20 de mayo de 2022); las Medidas de Control fronterizo (29) (26 de mayo de 2022); las Medidas de control fronterizo (30) (27 de julio de 2022); las Medidas de control fronterizo (32) (1 de septiembre de 2022); las Medidas de control fronterizo (33) (13 de septiembre de 2022). El certificado de vacunación para COVID-19 basado en las Medidas de Control Fronterizo (31) (25 de agosto de 2022) será especificado en el anexo de estas medidas, y ya no a en anexo 2 de las Medidas de control fronterizo (28); mientras que el Ministerio de Asuntos Exteriores y el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón (MHLW) revisará y anunciará nuevos requisitos en caso de que alguna modificación tuviera lugar.